


La notificación de la pérdida del Certificado de Depósito a Plazo deberá ser por escrito y firmada por el (los) clientes.
Diez (10) días posteriores a la publicación sin presentarse incidentes se procederá a expedir un nuevo Certificado de depósito.
Si en el proceso de pérdida hay varios titulares del certificado de depósito y se presenta algún poder de representación, el mismo debe estar legalizado en Procuraduría General de la República y si es otorgado en el exterior el Poder debe ser consular.
El Usuario debe interponer la reclamación a través de los canales previstos por el Banco, como son el Internet Banking o por la vía telefónica, sin perjuicio del derecho del ususario de obtener, de forma presencial en cualquiera de sus oficinas, el Formulario de la Relcmación numerado, firmado y sellado por sus representantes.